Este tipo de exámenes son requeridos de manera obligatoria únicamente para colaboradores que deban realizar tareas en alturas a partir de 1.50 Mts. Su categorización es particular debido a la especialidad que devenga por ser de riesgo alto.
Los exámenes médicos ocupacionales de trabajo en alturas son importantes para salvaguardar la vida del colaborador que vaya a encargarse de realizar dichas labores, por esto la resolución colombiana 1409 de 2012 exige los siguientes exámenes médicos:
Una vez realizados estos exámenes, el reporte debe ser emitido por un médico ocupacional certificado, como los que trabajan en Carvalsalud IPS, donde corrobore que el colaborador se encuentra en óptimas condiciones de salud para el cargo. No solo se deberá tener en cuenta los exámenes hechos, sino que el empleador debe proporcionar una capacitación previa para el buen desempeño del cargo. Igualmente brindar todos los elementos de protección necesarios de acuerdo a la altura a la se vaya a trabajar.
La normativa colombiana que respalda para el cumplimiento de los exámenes médicos ocupacionales de trabajo en alturas bajo el artículo 13 de la resolución 2346 de 2007 y la resolución 3673 de 2008.
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